Tipos de prestación

La Entidad concederá las siguientes prestaciones reguladas en sus Estatutos:

  • Prestación de jubilación.
  • Prestación de incapacidad permanente.
  • Prestación de viudedad.
  • Prestación de orfandad.
  • Prestación en favor de familiares.

Fuera de las prestaciones anteriormente descritas podrá concederse, en su caso, ayudas potestativas de asistencia social, si existieran fondos destinados a tal fin, aportados por el socio protector.

Para la determinación del derecho a prestación será derecho supletorio de los presentes Estatutos la normativa general de la Seguridad Social.

En caso de concurrencia de Beneficiarios en una misma prestación, se distribuirá el importe de la misma entre todos ellos en idénticos términos y cuantías a los establecidos para la prestación pública por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o Ente que asuma sus funciones.

En el Capítulo V de los Estatutos de la Caja se puede encontrar toda la información referente a las prestaciones de la entidad. A modo de resumen se recogen los principales apartados junto con los artículos donde se puede encontrar dicha información:

  • Condiciones generales para tener acceso a las prestaciones (Art. 31)
  • Alcance de los complementos por pensiones (Art. 32)
  • Revisiones sobre los complementos descritos con anterioridad (Art. 33)
  • Bases reguladoras (Art. 34)
  • Determinación de la percepción total garantizada de cada prestación (Art. 35)
  • Ayudas potestativas de asistencia social (Art. 36)
  • Carácter de las prestaciones (Art. 37)
  • Prescripción (Art. 38)